Consejos Escolares



Consejo escolar
del centro

Es el órgano de participación de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa del Centro. Su misión es la de asumir la responsabilidad máxima colegiada del funcionamiento de la entidad escolar para lo cual, recaba la participación de todas las personas afectadas.

La constitución del Consejo Escolar es obligatoria en todos los centros sostenidos con fondos públicos.
 
  • Con respecto a la persona representante de la AMPA, la designa la asociación, puede nombrar a cualquiera no tiene ni por qué ser de la junta directiva y se puede cambiar siempre que lo necesitéis, lo que debéis hacer es notificárselo (mediante un certificado) al secretario/a del centro. Es decir, podéis cambiar al representante de la AMPA tantas veces como queráis haciendo llegar un escrito al centro antes del Consejo Escolar, pero también es verdad, que a partir de ese momento el representante es la nueva persona designada.
  • L@s representantes de las familias elegid@s en Consejo Escolar no pueden cambiarse, son l@s que resultar@n electos y si alguno de ell@s causa baja, su puesto quedaría sin cubrir hasta las siguientes elecciones.
 
 
 
 
 
 

Consejo escolar
municipal 

(C.E.M.)

Está constituido por todos los agentes educativos implicados, ostentando el cargo de Presidente/a el alcalde/sa, o Concejal/a de Educación en su caso, alumnos/as, profesores/as y federaciones de AMPA de colegios públicos y privados concertados. Es un órgano asesor en la política educativa en el ámbito local. Se rige por un reglamento interno.

Consejo escolar
de Cantabria 

(C.E.C.)

Es el máximo órgano consultivo en materia de enseñanza no universitaria dentro del ámbito territorial de nuestra región.
 
Representantes actuales de FAPA

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